LOS TESTIGOS SOCIALES SON CIUDADANOS ESPECIALIZADOS QUE VIGILAN TODO EL PROCESO DE LA LICITACIÓN, SUS FUNDAMENTOS LEGALES SE ENCUENTRAN EN EL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL QUE SEÑALA QUE LAS ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y ENAJENACIONES DE TODO TIPO Y LA CONTRATACIÓN DE OBRA QUE REALICEN LOS SERVIDORES PÚBLICOS, SE ADJUDICARÁN A TRAVÉS DE LICITACIONES PÚBLICAS MEDIANTE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA QUE LIBREMENTE PARTICIPEN EN ELLA PRESTADORES DE BIENES Y SERVICIOS.